Bienvenido a: Nómina Hogar
Nuestra Mayor Garantía: el Número de Servicios Prestados y los Clientes que repiten, aparte de miles de consultas gratuitas atendidas.
(*) El precio de cada servicio podrá aumentar un 50% en caso de solicitud de cláusulas que sea preciso sustentar el encaje legal en el contrato tipo, o por la preparación de un finiquito con varios periodos de jornada semanal distinta, o la de un certificado de empresa con 2 periodos de Bases de Cotización diferentes.
*Si es de los que le gusta hacerse las cosas por sí mismo, puede solicitarnos una plantilla gratis para hacer las nóminas, pero si no tiene tiempo, disponemos de un Programa de nóminas tan fácil de usar que le permite elaborar la nómina automáticamente. Ver DEMO
Porque disponemos de un repositorio de programas de nóminas distintos, en función del tipo de pago: Bruto o Neto y mensual fijo o por Horas; con lo que el proceso para atender cualquier formulario de solicitud que nos llegue es semiautomático y la prestación del servicio se puede realizar on-line. En realidad, nosotros NO cobramos nada por el producto que enviamos al cliente, sino que tan sólo cobramos por el tiempo que nos lleva atender este servicio completo.
Lo mismo sucede con el servicio de preparación de contratos y de finiquitos: partimos de unos modelos previos para prepararlos, lo que garantiza un servicio más rápido y eficiente. Pero en este caso el proceso de completación de registro de datos es más amplio y nos puede llevar un tiempo mayor y por eso cobramos más por estos servicios.
Lo que hace que nuestros servicios sean de tan alta calidad, es que los productos de nuestro repositorio lo son.
Además prestamos asesoramiento ¡GRATUITO! a aquellos que lo soliciten.
Desde el 9 de septiembre han entrado en vigor las medidas publicadas en la citada RDL, que entre otras supone los siguientes cambios:
- Inicio de la cotización por desempleo y Fondo de Garantía Salarial (FOGASA) desde el mes de octubre 2022, con una bonificación del 80% por estas contingencias para los empleadores.
- Desde enero de 2023 se inicia la aplicación de la nueva cuota del Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI), que a partir enero de 2024 pasa a ser del 0,7% de la Base de Cotización de la Seguridad Social, de los cuales el 0,12% corresponde al empleado/a y el 0,58% al empleador/a. También en enero de 2023 aumentó la cotización por desempleo de los 1,05% a los 1,55% para los/as empleados/as y del 5% al 5,5% para empleadores, que en el caso de los contratos temporales será del 1,6% para empleados/as y del 6,7% para empleadores, manteniendo la bonificación del 80%.
NOTA: Puedes ver publicadas en nuestro blog como quedarían las nuevas tablas salariales con las nuevas cuotas incluidas.
- A partir del 1 de enero de 2023 los empleadores que tuvieran un contrato de menos de 60 horas al mes y que el empleado/a de hogar estaba asumiendo la responsabilidad del alta y el pago de cuotas a la SS deberá cambiar el contrato y asumir los empleadores tal responsabilidad.
- A partir del 1 de abril de 2023 aquellos empleadores cuya Renta familiar sea Baja podrán acceder a bonificaciones del 30% y del 45% en las cuotas por contingencias comunes, como determinados tipos de familias numerosas ostentan, en lugar de la reducción general del 20% (pendiente desarrollo reglamentación)
- La extinción del contrato por desistimiento del empleador, que hasta ahora se podía aplicar sin más razones, deberá estar sustentado en uno de los 3 supuestos siguientes, manteniendo la misma indemnización de 12 días por año y los mismos plazos de preaviso por escrito:
* Porque sobreviene a la unidad familiar una disminución de ingresos o un aumento de gastos inesperada (un titular se queda sin empleo, etc.).
* Porque hayan cambiado los motivos o razones por los que la persona fue contratada (la persona que cuidaba ingresa en una residencia, etc.).
* Porque el trabajador/a tenga un comportamiento fuera de lo habitual que genere desconfianza al empleador/a.
- Las solicitudes de rescisión de contrato por parte del trabajador/a, por variación de las condiciones sustanciales del contrato o cambio del domicilio-centro de trabajo, conllevan a la indemnización señalada por el Estatuto de los Trabajadores (ET) de 20 días por año trabajado, al igual que los despidos improcedentes que pasan de 20 a 33 días por año trabajado de indemnización, con los límites establecidos por el ET.
- Se pone énfasis en la aplicación de medidas dentro de los hogares para que el trabajo de los empleados/as se efectúe en las condiciones de seguridad adecuadas y de prevención de la violencia de género contra las trabajadoras. También se pondrá en valor el trabajo de cuidados desarrollado a la hora de acreditación de competencias en la impartición de certificados profesionales.
TODOS LOS CAMBIOS DE ESTA NUEVA LEY, YA LOS HEMOS INTRODUCIDO EN NUESTROS PROGRAMAS DE NÓMINAS Y LOS TENEMOS EN CUENTA A LA HORA DE PREPARAR LOS NUEVOS CONTRATOS Y FINIQUITOS.
Se produce una nueva
subida del
SMI para 2024 del
5% respecto al 2023; lo que
supone que el importe del SMI para la jornada completa de 40 horas alcanzara los 15.876€ brutos al año, que se pueden repartir en el pago de 1.134€ brutos todos los meses (1.049,72€ netos), más sus correspondientes pagas extra de Junio y Diciembre, o en 1.323€ brutos al mes (1.238,72€ netos), si se pactó cobrar las 2 pagas extra prorrateadas.
Respecto a la Tabla de Bases de Cotización (BC) de los/as Empleados/as de Hogar, ha sido modificada la cuota del MEI con un incremento del 0,1% a partir de enero 2024, y se publica la Orden PJC/281/2024, del 27 de marzo, con los nuevos cambios introducidos en la tabla de BC de la Seguridad Social para 2024, con efectos retroactivos de 1 de enero de 2024, pero posiblemente NO se lleve a cabo la cotización por salarios reales prevista por Ley para este año 2024, al renunciar el gobierno a someter a la aprobación por el congreso de los presupuestos generales de 2024, donde se incluían estos cambios.
Recuerde que tras la subida salarial del SMI y la tabla de BC 2024, es muy importante que actualice sus datos salariales a través de IMPORT@SS para que el sistema le reasigne nueva BC si le corresponde.
IMPORTANTE: Cuando introduzca los nuevos datos en import@ss
verifique en la Seguridad Social
si
está
notificado que su contrato es
temporal
o
indefinido, pues los
temporales tienen una
cuota por
desempleo
más elevada.
Observe que todos estos cambios tienen una gran repercusión en la preparación de la nómina mensual del trabajador/a y lo mejor es contar con nuestro programa personalizado, que le permite elaborar la nómina en menos de 1 minuto.
El desarrollo de un programa de nóminas del hogar en Excel sencillo, cómodo, rápido y muy completo (con todas las funcionalidades que cualquier complejo programa de nóminas pudiera tener), pero además económicamente al alcance de cualquiera, sin tener que depender de la contratación de un servicio de nóminas de una Gestoría.
También preparamos liquidaciones y finiquitos por extinciones o modificaciones de contrato, con arreglo a lo que exige la ley en esta materia para el empleo del hogar y la emisión del certificado de empresa para su envío al SEPE que permite el cobro del desempleo.
La preparación de contratos que detallen de forma clara: para qué funciones se contrata a la persona, dónde realizará esas funciones, su jornada laboral , los descansos establecidos, las vacaciones , qué comprende su retribución salarial , qué índice de referencia aplica para la subida salarial y alguna otra más sobre la extinción del contrato o en materia de Protección de datos personales, además de la entrega de un folleto sobre salud laboral del trabajador/a y del escrito para el llamamiento de Fijos-discontinuos.
Participar activamente contestando a las dudas de cualquier persona sobre Empleo de Hogar totalmente ¡GRATIS! en distintos foros de la web, o que formulen sus preguntas por correo electrónico.
¿Qué destacaría del Software?
'Fácil Uso'
¿Cuál fue el factor clave en su decisión?
'Precio'
¿Qué funcionalidades le gustan más?
'Me parece sencillo, pero sobre todo completo y muy visual'
Valoración global
4,8/Sobre 5
Prestar nuestros servicios es muy fácil: Sólo nos tiene que enviar el Formulario correspondiente de:
Programa de Nóminas, Contratos o Finiquitos relleno y nosotros le enviaríamos lo que nos haya encargado en menos de 24 horas. Pero si tiene dudas a la hora de rellenar los formularios o prefiere que le asesoremos GRATIS sobre lo que le sea más conveniente, puede llamarnos al
627 12 40 52/686 79 55 50 o envíanos un mensaje.
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Volveremos a contactar contigo lo antes posible.
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